La casa natal de Francisco Narciso Laprida: de monumento a solar histórico

Treinta años tenía el sanjuanino Francisco Narciso Laprida cuando fue presidente del Congreso de Tucumán, ese 9 de julio de 1816, día en que se declaraba la independencia del país.

Su casa natal, ubicada en la Capital de San Juan, fue distinguida en 1888 con una placa de bronce en su honor y el lugar fue declarado Monumento Histórico Nacional por el Decreto N° 6.706 del 11 de marzo de 1948. Pero esa casa fue demolida ya que como casi todas las construcciones anteriores al terremoto del ’44 sucumbieron con el sismo o algún tiempo después. Por eso se cambió la declaración a Solar Histórico y en ese predio se construyó la galería Laprida, con entradas sobre calles General Acha y Laprida.

La placa de 1888 se mantiene hoy en el
interior de la galería.

Carlos Vigil, en su libro “Los Monumentos y Lugares Históricos de Argentina”, contó que la casa donde nació Laprida fue edificada sobre un solar de unos treinta metros de frente y más de sesenta de fondo, ubicado a una cuadra y media de la plaza 25 de Mayo, en la Ciudad.

No hay datos certeros respecto al año de construcción de esa casa pero según relata Vigil, siempre fue de la familia del prócer. Luego fue pasando por sucesivas herencias hasta llegar a poder de la hermana de Narciso, Trinidad Laprida, y de su esposo, José Sánchez.

Cuando ambos murieron, la propiedad pasó a poder de la hija del matrimonio, Carlota Sánchez Laprida, quien la legó luego a su sobrina, Francisca Sánchez. Francisca estaba casada con Juan de Dios Jofré, profesor de enseñanza secundaria, director general de escuelas y amigo dilecto de  Domingo Faustino Sarmiento.

Vigil contó que cuando falleció Jofré, sus hijos, María Delia y Francisco Jofré Sánchez, heredaron la casa, y en el año 1910 la vendieron a Héctor Conté Grand, “distinguido hombre público y periodista, casado con Delia Jofré”.

Entre 1922 y 1930, Conté Grand realizó numerosas refecciones, no sólo en muchas de las 20 habitaciones que tenía la casona, sino que le reconstruyó íntegramente el frente.

“Muchas fueron las modificaciones que en el correr de los años se le hicieron a la amplia casa, destacándose entre ellas el agregado de un alero de tejas interrumpido en el centro por un arco y de uno más pequeño colocado encima de la puerta principal. Además, se añadieron en la parte superior de las ventanas del frente molduras en forma de arco y otras semejantes a columnas”, señaló Vigil.

La placa de bronce colocada en 1888 por las autoridades provinciales y que se encuentra en el interior de la galería dice: “Casa donde nació el Dr. Dn. Narciso Laprida, el 28 de octubre de  1786. Presidente del Congreso de Tucumán que declaró en 1816 la Independencia Nacional”.

Vigil aclaró que esa fecha de nacimiento del prócer se prestaba a confusión. En la partida de bautismo, ceremonia que se cumplió en la iglesia Matriz de San Juan el 30 de octubre de 1786, dice que “el R.P.Pr. de Santo Domingo, Fray Jacinto Irrásabal, con licencia del Dr. Dn. Juan Álvarez, cura interino, Baptesó, puso óleo y crisma a Francisco Narciso, de tres días, hijo legítimo de Don José Laprida y Doña Ignacia Sánchez”.

Como se dijo, la vieja casona fue declarada Monumento Histórico, pero el terremoto del ’44 la afectó severamente y algunos años después tuvieron que demolerla.

El 29 de julio de 1949 un nuevo Decreto del Poder Ejecutivo Nacional, N° 17.964, modificó el anterior y se declaró Solar Histórico el lugar donde se levantaba la casa, en cuyos considerandos dice: “Que con el precitado decreto se procuró rendir un justiciero homenaje a la memoria de quien actuó patrióticamente en la campaña de la Independencia y contribuyó a la organización civil de la Nación; y mantener vivo, consecuentemente, en el espíritu de las nuevas  generaciones el  culto  de  nuestras más  honrosas tradiciones.

Que se tuvo en cuenta, asimismo, el proyecto del consejo de Reconstrucción de San Juan, de formar en dicha ciudad un barrio histórico dentro del cual quedaría la casa que fue del Doctor Laprida.

Que dicho proyecto ha quedado sin efecto, agregándose a esta circunstancia el estado ruinoso en que se encuentra el edificio, cuya fachada habría que correr unos metros con motivo del nuevo   planeamiento  de  reconstrucción de la ciudad andina.

Que para justificar la declaración de Monumento Histórico, de acuerdo con la Ley 12.665, se impondría una restauración completa del referido edificio y la expropiación del terreno, la cual originaría un gasto que no es aconsejable efectuar en los actuales momentos por las disposiciones que exigen introducir economías en la Administración  Pública”.